miércoles, 4 de abril de 2012




RESEÑA
“Análisis Movimientos Realistas”
Por: Laura Vanessa Bustos Peña
 Cód: 11209080

Este trabajo de investigación, elaborado por la profesora de Derecho “Diana Marcela Solano”, Abogada de la Universidad Icesi, actualmente cursa una Maestría en Sociología de la Universidad del Valle, también trabajó en el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, Sala Laboral, profesora de tiempo completo en la Universidad Icesi, encargada de dictar las materias de introducción al derecho, consultorio jurídico I, y fundamentos de derecho constitucional.                                                                               Esta investigación es  con respecto a las diferentes corrientes criticas que se han desarrollado a partir del Realismo Jurídico, describiendo como a través del tiempo se han consolidado teorías jurídicas, haciendo uso de estudios interdisciplinarios y postulados, con el fin de lograr  determinar el papel que cumplen los jueces en el ordenamiento jurídico y si existe o no una realidad externa a los sujetos.

Entre las teorías descendientes del realismo jurídico, se encuentra a  finales de los años 70’s  el movimiento de los estudios críticos del derecho (Critical Legal Studies), integrado por diferentes propuestas como el racionalismo jurídico de izquierda, el irracionalismo posmoderno y el feminismo. Representado principalmente por abogados o juristas, aunque se caracterizaron también por su interdisciplinaridad, la cual les permitió sobresalir en diversidad temática y conceptual, pero esta diversidad también contribuyo en los 90’s  a una pérdida del dinamismo, fragmentándose de esta manera las perspectivas en diferentes estudios dispersos.
 Los teóricos críticos que defienden este movimiento, consideran que el juez no es objetivo al momento de interpretar y aplicar las normas, pues se fundamentan en dos premisas de carácter político. La interpretación política reside siempre en el juez, tanto en casos fáciles, como en casos difíciles; y es por esta razón por la cual en el dictamen de sus fallos, se contienen diferentes tensiones de valorización.  

Ante la dificultad existente, por la tensión generada entre diversos factores que influyen al momento de las decisiones judiciales, los tribunales tienden a conservar su Status Quo y el devenir social. Esta corriente nos muestra como argumentos que defienden la objetividad, neutralidad y racionalidad del juez, pueden calificarse como engañosos, pues tratan de mostrar a la población de un determinado Estado, que no existen factores sociales que incidan en las decisiones judiciales, es decir que los jueces al momento de dictar sentencia no son influenciados por nada diferente a conservar la norma jurídica que ha sido promulgada por el legislador. Es inevitable que los jueces caigan en una continua subjetividad, al momento de la resolución de casos concretos, puesto que deben entrar a interpretar la norma jurídica para dictar sentencia, ya que  es necesaria una valoración de su decisión, debido a que esta afectara el devenir social.


En los años 80’s  surge la segunda etapa de  (Legal Consciousness Studies) corriente que se genero en los 60’s con el nombre de (Law and Society,) la cual era conformada principalmente por sociólogos, quienes creían en una realidad objetiva y buscaban como propósito principal, identificar a través de las ciencias sociales lo que ocurre detrás de la emisión de normas y sus efectos en la sociedad; pero debido al empirismo positivista descriptivo y la relación financiera con el gobierno no estimularon precisamente la intención crítica del movimiento. Es por esta razón que surge nuevamente en los años 80’s, con la intención de renacer  el propósito del Realismo Jurídico, consolidando una sociología jurídica que estuviera compuesta tanto por el elemento empírico como por el crítico.

En este movimiento realista, se estudia el Derecho desde una perspectiva más real, es decir, el que se encuentra en la conciencia, en la percepción del ciudadano regular que hace uso de este. También estudian al juez desde la posición de los actores que intervienen.

En conclusión, reseñar alguna información relevante con respecto a estos movimiento de los estudios críticos del Derecho, es importante para nuestro proyecto de investigación, debido a que en ellos se desarrollan ideas que nos permiten entender, como en los jueces residen diferentes factores sociales al momento de la resolución de un determinado caso concreto entre particulares, mostrando como los tribunales buscan mantener un Status Quo por medio de sus decisiones, asegurando de esta manera un estable devenir social, y poniendo en evidencia como en algunos Estados, (de los cuales no haremos referencia, puesto que no interfiere con el desarrollo del proyecto), se construye la idea de que los jueces son completamente objetivos y neutrales. 

















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