martes, 10 de abril de 2012

Comentario 18



"En el Derecho no hay lagunas, porque hay jueces..." Esta teoría jurídica es expuesta por el filósofo Argentino Carlos Cossio, quien propone de modo persuasivo y lógicamente aceptable que el juez no puede más que fallar, aun hallando o no en el ordenamiento los elementos necesarios que le permitan justificar sus decisiones. No es correcto pensar como suele pasar usualmente que los jueces Colombianos se encuentran constreñidos al fallo porque así se encuentra dispuesto por el Articulo 48 de la ley 153 de 1887 en el cual se dice que "Los jueces y magistrados que se rehusaren a juzgar pretextando silencio, oscuridad o insuficiencia de la ley, incurrirán en responsabilidad por denegación de justicia", ya que de una u otra manera a partir de la argumentación jurídica y de los principios generales del derecho se puede llegar a resoluciones diferentes en casos similares, ya que todas estas resoluciones están sujetas a valoraciones del juez.

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