El precedente judicial,
creado a partir de sentencias dictadas por los tribunales judiciales “mayor o
menor jerarquía”, es vinculante, puesto que a pesar de no ser de carácter obligatorio
como la ley, expresada de esta manera en el artículo 230 de la constitución política
de Colombia “Los jueces están sometidos
al imperio de la ley” tiene fuerza vinculante para los jueces que
conforman el ordenamiento jurídico. Esta fuerza puede generarse ya sea de
manera vertical, es decir de forma descendente hacia los tribunales inferiores o,
de forma horizontal ligando de cierta manera a los mismos tribunales que
profirieron la sentencia, todo esto si la “Ratio
decidendi” del primer caso, motiva a los demás. Los jueces llevan consigo
una gran responsabilidad, ya que reside en ellos la facultad de interpretar las
normas que han sido promulgadas por el legislador, y es a partir de este
ejercicio hermenéutico que se genera la resolución de casos, emitiendo
sentencias que podrán utilizarse como precedente.
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